Revés judicial para CFK: Ratificaron a Bonadio en la causa Hotesur

La Sala I falló a favor del magistrado. La compañía de la Presidenta está acusada de irregularidades ante la Inspección General de Justicia y por alquilarle habitaciones a Lázaro Báez por $10 millones

Luego de posponer varias veces la decisión sobre la recusación contra el juez Claudio Bonadio, la Cámara de Casación Penal ratificó que el magistrado continúe al frente de la causa Hotesur, donde se investiga a Cristina Kirchner y su hijo Máximo, por lavado de dinero.

La medida de la Sala I de la Casación, que integran Gustavo Hornos, Ana María Figueroa y Luis María Cabral, terminó con la gran expectativa que se generó desde que Romina Mercado, sobrina de la Presidenta y titular de Hotesur, recusara a Bonadio. Mercado argumentó temor de parcialidad y acusó al juez de cometer irregularidades al allanar la empresa y de impedirle acceder al expediente.

Bonadio rechazó la recusación. Lo mismo hizo la Cámara Federal y ahora debía resolver Casación. La fiscal ante la Sala I, Gabriela Baigún, coincidió con Mercado, en una audiencia realizada hace casi un mes en que debía dejar el caso.

Pero Casación decidió ayer ratificarlo en su puesto, lo que significa un revés judicial para la jefa de Estado. En esta causa se investiga a la Presidenta por irregularidades registrales de Hotesur en la Inspección General de Justicia (IGJ) y por el pago de alquileres por habitaciones de hotel que realizaron empresas de Lázaro Báez a la familia presidencial durante dos años por 10 millones de pesos, sin que se sepa si esos cuartos fueron ocupados o no.

El viernes pasado se generó tensión entre los integrantes de la Sala I. No faltaron gritos, recriminaciones y pases de factura de Hornos y Cabral hacia Figueroa por la demora de su voto.
Los camaristas Cabral y Hornos ya tenían su voto decidido a favor de Bonadio desde días atrás y redactados los principales argumentos que sostienen sus puntos de vista. Figueroa, cercana al Gobierno y con llegada a la Casa Rosada, se tomó la última semana para redactarla.

La postergación del fallo favoreció a la defensa de Mercado, a cargo del abogado Carlos Beraldi, que puso en marcha dos maniobras simultáneas. El viernes pidió la nulidad del acuerdo en el que los jueces empezaron a conversar sobre este fallo y recusó a Cabral y Hornos por prejuzgar.

Por otro lado, en coincidencia con la defensa de Báez,  impulsó que Bonadio informe a un tribunal de Comodoro Rivadavia sobre su causa, para eventualmente pedir que el caso Hotesur se traslade a la Patagonia.

Los argumentos que ponen en jaque a la presidenta

Ante las ganas del socio del gobierno, Lázaro Báez de sacarse de “encima” al juez Claudio Bonadio, el camarista Luis María Cabral argumentó su postura: "El apartamiento solicitado no encuadra en alguna de las causales previstas en el art. 55 del código de forma. Las especulaciones periodísticas en distinto sentido acerca del devenir de las causas que tramitan ante los tribunales (como las que abundan por estos días en diferentes medios de difusión) jamás pueden ser utilizadas para apartar al juez natural de la causa. De otra forma, se pondría a tiro de ‘operación de prensa’ la permanencia de los jueces en el conocimiento de los conflictos que por ley están llamados a dirimir en desmedro de la correcta administración de justicia".

Por su parte, Gustavo Hornos afirmó: "La recusación formulada por la defensa debe ser rechazada in limine, toda vez que la pretensión de dicha parte no se funda en actitud alguna de los magistrados para con el recusante que pudiera revelar sospecha de parcialidad, sino tan solo en versiones publicadas por varios medios periodísticos, ajenos a la instancia judicial, en los que se hizo referencia al sentido en el que deliberarían dos de los magistrados intervinientes en la causa, que no pueden de ningún modo ser encuadrados en la causal de ‘prejuzgamiento’ alegada por la defensa".

A su vez, la camarista Ana María Figueroa sostuvo: "las causas ya sean de gran o nula implicancia mediática, exige del tribunal de Casación que no podamos sentirnos presionados, no utilicemos dogmatismos para rechazar o hacer lugar a los planteos recursivos, sino realizar en nuestra condición de magistrados un análisis minucioso, teórico y de las constancias del expediente como he señalado, porque si bien cada uno de los actos procesales reseñados de manera individual no tendrían entidad suficiente para apartar al señor juez Bonadio, vistos en su conjunto por su cantidad y calidad, resulta razonable y ajustado a derecho el ‘temor de parcialidad’ de la recurrente con la adhesión fiscal, y por ello corresponde hacer lugar a la recusación interpuesta".