Se estableció por decreto el cupo laboral trans en el Estado

El uno por ciento de los cargos del ámbito público nacional deberán ser ocupados “por personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad necesarias”.

El Gobierno estableció que al menos el uno por ciento de los cargos del ámbito público nacional deberán ser ocupados “por personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad necesarias”, lo que fue celebrado por activistas y funcionarias que dijeron que se trata de “un día histórico” y lo calificaron como un reconocimiento del Estado frente “a tantos años de exclusión, discriminación y persecución”.

La medida, que fue tomada mediante el Decreto 721/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial, establece que abarca a cualquiera de las modalidades de contratación vigentes en el Estado.

El decreto precisa que la medida abarca a las personas travestis, transexuales y transgénero, “hayan o no efectuado la rectificación registral del sexo y el cambio de nombre de pila e imagen”, en tanto que para “garantizar la igualdad real de oportunidades, el requisito de terminalidad educativa no puede resultar un obstáculo para el ingreso y permanencia". Por eso, contempla que se permitirá su ingreso con la "condición de cursar el o los niveles educativos faltantes y finalizarlos".