Las empresas que incumplieron deberán devolver el dinero recibido por el ATP

Las firmas que reciban una notificación de la AFIP tendrán un plazo de 15 días hábiles para reintegrar las sumas percibidas, mediante un plan de pagos.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció el mecanismo para que las 2.000 empresas que incumplieron las condiciones previstas en el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) restituyan los fondos correspondientes al salario complementario.

El organismo reglamentó el procedimiento a través de la resolución general 5035/2021, publicada hoy en el Boletín Oficial.

Las firmas que reciban una notificación de la AFIP tendrán un plazo de 15 días hábiles para reintegrar las sumas percibidas, mediante un plan de pagos a través del servicio Mis Facilidades.

La financiación contempla un pago a cuenta del 20% de la deuda consolidada y hasta cinco cuotas mensuales, iguales y consecutivas, a excepción de la primera que incluirá los intereses financieros desde el día de la consolidación del plan hasta su vencimiento; y la tasa efectiva mensual será del 2%.

Los procedimientos de control realizados a partir de distintas fuentes de información provistas por el Banco Central (BCRA) y la Comisión Nacional de Valores (CNV), permitieron determinar la caducidad del beneficio para unos 2.000 empleadores.

Las firmas serán notificadas por el organismo para reintegrar los recursos, y podrán hacerlo a través de un plan de pagos.

El Programa ATP representó un esfuerzo inédito del Estado que permitió amortiguar el impacto económico de la pandemia de Covid-19, y las medidas dispuestas para garantizar los cuidados.

Con el objetivo de sostener ingresos y puestos de trabajo en el sector privado, el Estado invirtió más de $220.000 millones durante 2020 para financiar el salario complementario de 2.966.000 trabajadores de 307.000 empresas.

En febrero de este año, el Gobierno detectó irregularidades en beneficiarios del ATP que no cumplieron con las condiciones establecidas para su recepción, y procedió a declarar la caducidad de los mismos y a promover las acciones de recupero de los fondos, a través de la decisión administrativa 70/2021

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