El Gobierno suspendería la Ley de Alquileres

El tema fue hablado por el Presidente con el ministro de Economía. Buscan dar de baja la actual norma y hallar un reemplazo que mantenga los beneficios a los inquilinos, resistidos por el sector inmobiliario.

El Gobierno estudia la posibilidad de suspender la aplicación de la ley 27.551 de Alquileres, norma que fue votada por la Cámara baja en noviembre de 2019, convertida en ley por el Senado en junio de 2020 y vigente desde julio de 2020.

La suspensión de la ley requeriría la firma de un Decreto de ­Necesidad y Urgencia (DNU) por parte del Presidente de la Nación, Alberto Fernández.

La cuestión habría sido uno de los temas de análisis durante el almuerzo que compartieron el mandatario y el ministro de Economía, Sergio Massa.

La extensión del plazo de vigencia de los contratos a tres años, la forma de actualización anual del valor de los alquileres y el establecimiento de un índice oficial para esos incrementos son los ítems álgidos que hacen que la normativa encuentre resistencias entre los propietarios de inmuebles y las empresas inmobiliarias.

El número en cuestión es el Índice de Contrato de Locaciones (ICL), que sigue la evolución de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), que combina a su vez la de los salarios y la de la inflación. El Banco Central de la República Argentina (BCRA) da a conocer todos los días el valor del ICL.

Mariano García Malbrán, presidente de la Cámara de Empresas de Servicios Inmobiliarios (Camesi), dijo que para tomar una medida de este tipo también se debería detallar “el procedimiento a seguir en los contratos vigentes con la nueva ley y los que se firmen de aquí en adelante con la ley ya suspendida”.

“Desde el Ministerio de Economía analizan este plan: para los contratos vigentes se sigue aplicando la ley actual recientemente suspendida, ya que las cláusulas del contrato de locación fueron negociadas y consensuadas con dicha ley”, sostuvo.

El titular de Camesi consideró necesario que “los contratos que se firmen de aquí en adelante, ­mientras no se dicte una nueva norma, se rijan por la antigua Ley de Alquileres; en este supuesto, se podrá fijar un mínimo plazo contractual de dos años y la actualización podrá ser negociada libremente por las partes”.

Otro de los actores del sector, el Colegio Profesional Inmobiliario (CPI), entidad que agrupa a los corredores de la ciudad de Buenos Aires, sostuvo que la Ley de Alquileres “debe cambiar, pero no de cualquier manera”.

La entidad consideró que suspender por DNU la aplicación de una norma del Congreso “necesariamente tendría visos de inconstitucionalidad”, ya que implicaría que el Poder Ejecutivo se arrogaría la capacidad de establecer leyes salteándose el Legislativo.

Por eso solicitó que se traduzca “no en un acto intempestivo por parte del Poder Ejecutivo, sino en la búsqueda de consensos” en el Congreso, que permita que el proyecto de modificación tenga un rápido tratamiento en ambas cámaras.

Desde el otro lado del mostrador, la Federación de Inquilinos Nacional planteó que “la Ley de Alquileres, sancionada por el Congreso, sigue vigente, modificarla por de­creto sería inconstitucional”.

Gervasio Muñoz, referente de Inquilinos Agrupados, denunció, por último, que “los alquileres se están dolarizando, no hay contratos registrados”.

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