La Corte ordenó poner fin al reparto discrecional de la pauta oficial

El máximo tribunal ayer se expidió ante una demanda de Canal 13. Ya hubo varios fallos en igual en sentido, que no se cumplen. El emblemático caso del diario Hoy

Una vez más, la Corte Suprema de Justicia  ordenó al gobierno kirchnerista  ponerle fin a la arbitrariedad en el manejo y la distribución de la millonaria pauta oficial. En el nuevo fallo, que surgió a partir de una demanda de canal 13 (Grupo Clarín), se destaca asimismo la importancia de la libertad de expresión en el régimen democrático y la protección de la actividad crítica de los periodistas.

La Corte confirmó la sentencia de la Cámara que había hecho lugar a la demanda invocando precedentes del propio tribunal, como el caso del diario Perfil. La realidad es que el primer antecedente de un medio que se enfrentó a los poderes centrales para exigir un reparto equitativo de la pauta oficial fue el diario Hoy que, en el año 1997, obtuvo un fallo de minoría de la entonces Corte Suprema, luego de plantear una demanda contra la Municipalidad de La Plata. 

En aquel entonces, el máximo tribunal era controlado por la mayoría automática menemista, pero los cortesanos que no respondían al poder político emitieron un fallo ejemplar que se convirtió en uno de los principales basamentos del derecho a la Comunicación en nuestro país. Además, abrió la puerta para que la Corte, a partir de una nueva conformación, dictaminara a favor de la libertad de expresión en demandas de características muy similares, como la que oportunamente también planteó Editorial Perfil.

Pasaron casi 17 años de la primera sentencia del máximo tribunal respecto a la publicidad oficial, y existe una enorme distancia entre lo que ordena la Justicia y lo que finalmente hace el poder político con los recursos del erario público, que son aportados por todos los ciudadanos que pagamos nuestros impuestos. Por ello, el diario Hoy, que mantiene una línea editorial cuestionadora respecto al accionar de los que actualmente manejan los hilos del poder político, sigue siendo castigado al verse absolutamente excluido en el reparto de los recursos publicitarios que asigna tanto el gobierno nacional como el municipio de La Plata.

Fallo medular

Dice el fallo en disidencia de 1997, firmado por Carlos Fayt ( actual ministro decano de la Corte), Enrique Santiago Petracchi y Gustavo Bossert: 

“El caso en examen (la demanda del diario Hoy) se vincula también con la necesidad de preservar el discurso de toda cortapisa. Si el otorgamiento de la propaganda oficial es un arbitrio discrecional de la autoridad competente, que se concede o retira a modo de recompensa o de castigo; si ello gravita sobre la fuente preferente de financiamiento del medio, no es aventurado sostener que unos serán proclives a endulzar sus críticas al gobierno de turno para mantener la que les fue asignada y otros, para alcanzarla. Esto, claro está, no es consistente con la amplia protección de que goza la libertad de prensa en nuestro ordenamiento que no admite un condicionamiento de esta especie”, dice el fallo.

Agrega: “Este marco jurisprudencial enerva el argumento de la demandada en cuanto sostiene que, condenarla a distribuir la publicidad afectaría, irremediablemente, su libertad contractual. En efecto, si como se expuso los poderes tributarios sean nacionales, provinciales o municipales cuando recaen, directa o indirectamente, sobre las empresas periodísticas encuentran una fuerte limitación a fin de preservar de toda amenaza la actividad que desarrollan, tratándose de la libertad de contratar resulta exigible pareja restricción a fin de procurar que, no ya la percepción sino la distribución de fondos que integran el erario público, se empleen de modo compatible con la libertad de prensa”.

Y concluye: “Que resta añadir que la moderna práctica constitucional ha advertido que los perjuicios y atentados a la libertad de prensa hallan orígenes diversos. Pueden desprenderse no sólo de violaciones groseras al derecho de expresar las ideas por ese medio, sino también de perturbaciones más delicadas pero no menos efectivas, como la manipulación de las materias primas para las publicaciones, la limitación del acceso a las fuentes de información, la creación de monopolios estatales o privados en el área, el acorralamiento impositivo o, en fin, mediante el manejo discrecional en la entrega de la publicidad oficial. Cada una de éstas minan las bases sobre las que asienta la prensa, que sigue siendo condición necesaria para un gobierno libre y el medio de información más apto y eficiente para orientar y aun formar una opinión pública vigorosa, atenta a la actividad del gobierno y que actúa, en la práctica, como un medio de contralor de las instituciones y sus hombres y rinde un servicio de inestimable valor afianzando las instituciones republicanas”.

Lamentablemente, en la Argentina, existe una brecha cada vez más grande entre lo que es y lo que debería ser.

Zaffaroni, el único que mira para otro lado

Los jueces de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Carlos Fayt, firmaron un voto conjunto en el que declaran inadmisible el recurso, destacaron que los precedentes deben ser acatados y reforzaron la importancia del cumplimiento de las sentencias, máxime en el campo de la libertad de expresión.

La jueza Elena Highton adhirió y los jueces Enrique Petracchi y Carmen Argibay declararon inadmisible el recurso impuesto por el Gobierno ante el fallo de la Cámara. Los magistrados coincidieron en confirmar la sentencia, excepto el ultrakirchnerista Eugenio Zaffaroni, quien solicitó que se de vista al Procurador.

El fallo de la Sala IV, que ahora fue ratificado por la Corte, instaba al Gobierno a que repartiera la publicidad oficial entre todos los canales de aire, "que se ajuste fielmente (a) las pautas de proporcionalidad y equidad establecidas precedentemente".

En la parte sustancial del voto mayoritario, en la parte a la que sí adhirió Highton, los jueces le dijeron al Gobierno que en su apelación no llevó nuevos argumentos a los que ya había esgrimido en el caso de Perfil y el diario Río Negro. Y que por eso la Corte no modificaría su doctrina ya establecida en esos precedentes, donde sostuvo que debe haber un reparto "proporcional y equitativo" de la pauta publicitaria oficial en defensa de la "libertad de expresión" y las garantías constitucionales.