Confirmaron a los jueces que enjuiciarán a docente acusado de abusar de 11 niños en La Loma

Las abogadas del acusado habían pedido apartar a los miembros del Tribunal. La investigación al imputado comenzó hace ocho años y aún no se realizó el debate oral.

La Sala II de la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal de La Plata confirmó la resolución del Tribunal Oral en lo Criminal n°5. Así, rechazó la recusación a las abogadas de Marcos Ledesma, el profesor de música acusado de haber abusado sexualmente de 11 niños del Jardín n°914 ubicado en 44 entre 22 y 23 del barrio La Loma.

El debate oral iba a comenzar el 17 de febrero del 2021, pero el imputado cambió de representantes legales, por lo cual el inicio del juicio se postergó para el 22 del mismo mes. Sin embargo, la audiencia volvió a aplazarse porque sus nuevas abogadas -Patricia Perelló y dos colegas- recusaron a los jueces Carmen Palacios Arias, Ezequiel Medrano y Marcelo Giorgis por supuesta parcialidad en la causa. Estos magistrados rechazaron apartarse, por lo que el acusado recurrió a la Cámara de Apelaciones.

“La recusación de los magistrados, en pos de salvaguardar la garantía de imparcialidad, no procede cuando lo que se pretende es apartar al juez natural de la causa en virtud de resoluciones que son contrarias a los intereses de las partes. Contra ellas se encuentran previstos los diferentes mecanismos procesales para su impugnación”, dijeron los jueces Laura Lasaga y Sergio Almeida.

“En este sentido, el análisis de las causales de recusación debe ser restrictivo a fin de no habilitar a la recusación como mecanismo de remoción de los magistrados”, explicaron. Y agregaron: “Así es que entiendo que los jueces recusados se mantienen ajenos a los intereses en litigio, sin perjuicio de que habrá de adoptar decisiones que pueden afectar a los intereses de las partes”.

Revictimización

En este marco, los magistrados enfatizaron: “Resulta apropiado considerar que ningún operador judicial puede desconocer la dificultad de reprogramar 30 jornadas de debate ante las saturadas agendas de los órganos de juicio y de los representantes del Ministerio Público Fiscal”. Desde que inició la investigación al acusado pasaron ocho años y aún no fue enjuiciado.

“Así es que la actitud positiva del Tribunal –en cuanto al cumplimiento de las jornadas de debate- con cumplimiento del Protocolo para la realización de audiencias en el fuero penal y en condiciones pactadas en audiencia por las partes, de ningún modo se puede traducir en un interés en el devenir de la causa sino antes bien en el cumplimiento de la labor a las que es llamado, garantizado al imputado el juzgamiento de los hechos en un plazo razonable y evitado la revictimización secundaria de las posibles víctimas”, finalizaron los camaristas.

 

 

 

 

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