Cómo será la Ley del Arrepentido en la Provincia

En los próximos días se enviará a la Legislatura una iniciativa para reglamentar la norma aprobada a nivel nacional. Prevé ampliarse con la incorporación de delitos como asociación ilícita y herramientas como el archivo de la causa. Se busca desbaratar organizaciones criminales

El 2 de noviembre de 2016 entró en vigencia la Ley 27.304 del Arrepentido en el ámbito nacional, para delitos de competencia federal como los casos de corrupción, trata de personas y narcotráfico. La norma invitó a las provincias a adherirse mediante la reglamentación del Código Procesal Penal. Por eso, desde el oficialismo bonaerense han elaborado un proyecto que será enviado en los próximos días a la Legislatura para ser tratado y aprobado. 

En dialogo con diario Hoy, el subsecretario de Justicia bonaerense, Adrián Grassi, del Ministerio de Justicia que conduce Gustavo Ferrari, explicó qué delitos incorporará la norma y cómo se prevé que los funcionarios judiciales actúen a nivel provincial: “El proyecto de Ley de Arrepentido que estamos trabajando en nuestro gobierno tiene un amplio ámbito de aplicación, mayor que el de la ley nacional, y esto es razonable porque María Eugenia Vidal tomó la decisión política de acompañar esa norma”. 

“Se prepara esta iniciativa para otros casos distintos que van a ser, en algún sentido, residuos de esos delitos federales previstos en la ley nacional. Por ejemplo, hechos de trata de personas que no tengan carácter federal, como la promoción de la prostitución, asociación ilícita o toda forma de delito organizado que no sea competencia de la Justicia federal. La figura del arrepentido está específicamente pensada y destinada como herramienta para combatir el crimen organizado en sus diversos modos”, sostuvo Grassi. 

“Entre los delitos que prevén la posibilidad de arrepentirse también se encuentran la piratería del asfalto y las usurpaciones. Todos sabemos que detrás de estos últimos hechos hay organizaciones que se meten en las casas, haciendo ingresar primero a mujeres y niños, porque saben que es más complicado sacarlos. La idea del arrepentido es que el fiscal, en vez de estar persiguiéndolos penalmente, les pueda decir: mire, señor, a usted lo mandaron a ocupar esta casa, yo le ofrezco archivarle la causa pero necesito que usted como testigo me diga quién lo mandó. Obviamente, esa persona tendrá la potestad de elegir si hacerlo o no”, agregó Grassi. 

Las herramientas y las penas

Con respecto a las penas previstas, el funcionario bonaerense comentó que serán las mismas que se sancionaron para el Código Penal, pero a nivel local se trabajó sobre “herramientas procesales por las cuales una investigación pueda ser archivada. Por eso es que este proyecto tiene dos aristas: una es tomar todos los mecanismos que permitan hacer jugar en el proceso penal provincial esas reducciones de penas que están establecidas por la ley nacional, y la otra arista es la incorporación de nuevas herramientas (como el cierre de causas)”. 

“Como la Provincia tiene la posibilidad de regular sus reglas procesales, lo que hace es incorporar nuevos instrumentos para los casos en los que el arrepentido haya tenido una participación, incluso secundaria, es decir, un delito muy leve. Concretamente, lo que se está pensando es que la pena correspondiente al arrepentido no exceda los tres años de prisión y pueda ser en suspenso”, añadió el subsecretario de Justicia. 

De partícipe a testigo

En referencia al rol del partícipe, el subsecretario de Justicia bonaerense Adrián Grassi lo consideró como “una fuente muy importante en la investigación. La idea del arrepentido es que una persona que tenga conocimiento de una estructura criminal, como una asociación ilícita, se acerque a la Justicia y dé información. Se le da al fiscal la facultad de pactar con ese individuo la posibilidad de que se le archive la causa, pero con una contraprestación muy importante, según entendemos nosotros: que ese arrepentido va a tener que declarar como testigo”. 

“¿Por qué esto es tan importante?”, se preguntó el funcionario bonaerense. La respuesta es que el testigo “tiene que declarar bajo el juramento de decir verdad, y si miente puede incurrir en el delito de falso testimonio. El imputado, en una indagatoria, puede mentir, pero el testigo no. Si este último lo hace, tiene una expectativa de pena de prisión con un máximo de 10 años en el CPP, y por eso el valor de una persona como testigo es mucho mayor al de aquel que está imputado”. 

Para el subsecretario de Justicia provincial se trata de una herramienta “lógica de premios en el buen sentido. En el marco de una estructura criminal, y teniendo en cuenta que los imputados pueden negarse a declarar o pueden mentir -y que eso no les implica ninguna consecuencia porque es un derecho constitucional-, para que colaboren con la investigación y aporten datos relevantes vamos a darles algún tipo de premio, como dice la ley nacional: vamos a reducirles la pena o, lo que pensamos a nivel provincial, hacer que el fiscal pueda archivarles la causa si el delito es muy leve”. 

Agilización de los procesos 

Además de la Ley del Arrepentido, desde el gobierno de María Eugenia Vidal, a través de su ministro de Justicia, Gustavo Ferrari, avanzan también en la reforma del Código Procesal Penal de la Provincia, en procura de limitar los pedidos de recursos en los procesos.  

“Estamos atacando el tremendo desmadre del sistema recursivo. Ya hemos formado un proyecto de ley que está a punto de ser enviado a la Legislatura simplificando ese sistema y, por otro lado, avanzaremos sobre los problemas de investigación. Por eso es que la Justicia Penal de la provincia tiene un porcentaje inmenso de condenas de casos de flagrancia, porque es lo que casi no requiere investigación. Si yo simplifico ese sistema de investigación, naturalmente se van a acelerar los procesos”, explicó un vocero de la cartera de Justicia. 

La causa de los sobres, donde se investiga una red de corrupción policial luego del hallazgo de 36 sobres con 153.700 pesos en la Departamental La Plata, fue la que colmó el vaso. Es que los pedidos de habeas corpus y otros recursos provocaron que los ocho jefes policiales, a pesar de estar procesados por el delito de asociación ilícita, no estén encarcelados.