Provincia

Otorgarán licencia a empleadas estatales víctimas de violencia de género

Con la Ley 14.893 promulgada ayer por la gobernadora María Eugenia Vidal, las trabajadoras del sector público podrán acceder a permisos para inasistir. La autora del proyecto, la diputada Valeria Amendolara, habló con diario Hoy y dio detalles de los alcances de la norma

Una norma que otorga licencias a trabajadoras estatales víctimas de violencia de género comenzó a regir ayer en territorio bonaerense con su promulgación a través del Boletín Oficial provincial, bajo el número de Ley 14.893.  

La diputada provincial del FpV-PJ, Valeria Amendolara, autora de la normativa, se mostró conforme con la promulgación de ley que brinda una licencia especial para todas las mujeres que trabajan en el sector público de la Provincia y sean víctimas de violencia. 

En una charla con este medio, la legisladora dijo: “Es un paso muy importante para empezar a llamar a las cosas por su nombre, y que las mujeres tengan la posibilidad de contar con esta carpeta específica”. 

Amendolara, que había presentado este proyecto de ley en 2014, destacó “la decisión de la gobernadora María Eugenia Vidal en promulgar la norma, ya que ella entiende bien las cuestiones de género. Además de ser un reclamo de sindicatos y organizaciones sociales desde hace un buen tiempo”.

“El Estado no puede mirar para otro lado en lo referido a la violencia de género. La ley promulgada es un gesto que aporta a un cambio cultural que llevará tiempo. Es una forma de ayudar a que tenga visibilización y se tome conciencia. Aunque no hay estadísticas oficiales sobre la cantidad de trabajadoras estatales víctimas de violencia de género, sí sabemos que son alarmantes los casos en general”, sostuvo la diputada.

Por otro lado, Amendolara remarcó la importancia del Estado al reconocer esta situación de la mujer, que garantiza la articulación del empleador con las distintas instancias del gobierno de la Provincia para llevar adelante la situación y establecer toda la contención y seguimiento que estos casos individuales necesitan.

“Esta ley protege las condiciones laborales, para que no afecte la remuneración que corresponda, ni se elimine ningún derecho, salvo que la mujer así lo disponga”, explicó Amendolara. 

La legisladora explicó que “en la actualidad, las empleadas del Estado víctimas de violencia de género tenían que sacar carpetas psiquiátricas o médicas. Eso era una forma de esconder la problemática”.

El impacto de la nueva legislación

En la nueva norma se establece que la Licencia para Mujeres Víctimas de Violencia será destinada a todas las trabajadoras de la Administración Pública o sociedades de economía mixta con participación estatal mayoritaria de la Provincia de Buenos Aires, cualquiera sea el régimen estatutario al cual pertenezcan.

En el artículo 2 se afirma: “Para la presente ley, se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes”.

“La presente licencia tendrá carácter especial, podrá ser solicitada por las trabajadoras a través de cualquier medio, contando con un plazo de cinco días hábiles desde la solicitud para acompañar la constancia de haber realizado la correspondiente denuncia, debiendo el organismo empleador preservar el derecho a la intimidad de la víctima”, informa el artículo 3.

La nueva ley obliga al empleador de la mujer que solicite la licencia disponer las medidas y acciones para el acompañamiento, seguimiento, información y abordaje integral a través de los organismos competentes dentro de su estructura orgánica y funcional, y estipula que las condiciones laborales de una trabajadora que haya solicitado una Licencia para Mujeres Víctimas de Violencia, no podrán ser modificadas, salvo que sea a instancias y solicitud de la misma.

En tanto, en el sexto y último artículo dice: “El uso de la licencia no afectará la remuneración que corresponda abonar a la trabajadora ni eliminará ni compensará aquellas otras licencias a las que la misma tenga derecho a usufructuar según la legislación vigente”.