Dejan sin efecto un polémico código ambiental

La Suprema Corte de Justicia bonaerense suspendió la norma dictada por un intendente de Juntos. El código era resistido por vecinos y organizaciones ambientalistas. Le cuestionan al municipio “una visión especulativa” sobre los espacios públicos.

La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires dispuso la suspensión del polémico Código Urbano Ambiental (CUA) que regía en San Nicolás, el cual había sido motivo de numerosas protestas por parte de vecinos y organizaciones ambientalistas, que fueron quienes se movilizaron para impugnarlo.

El Foro Ambiental de San Nicolás (Fomea) había recurrido a la Justicia luego de la sanción del CUA, en 2019, cuando Manuel Passaglia ya era intendente de ese distrito, habiendo tomado las riendas tras la designación de su padre, Ismael Passaglia, como titular del Instituto de la Vivienda bonaerense. Según la denuncia, el CUA se había aprobado a través de una maniobra destinada a impedir la participación de los ciudadanos, en violación a un requisito legal.

Entre los cuestionamientos que el Fomea y los vecinos le hacen al Código está la intervención de espacios naturales como el parque Rafael de Aguiar, hoy convertido en Ecoparque, y las islas nicoleñas, que perdieron su estatus de conservación.

Ambiente o negocios

El abogado Fabián Maggi consideró que el municipio tiene “una visión especulativa e inmobiliaria sobre los espacios públicos de valor ambiental”. Es que proyectos como la construcción de un terraplén en la isla Ballesteros o la creación de una avenida en un paseo costanero y de un balneario en la zona del arroyo Ramallo hacen pensar a quienes organizaron las protestas en un desdén por el factor ambiental en beneficio de la creación de oportunidades de explotación comercial.

El Fomea realizó una presentación judicial precautelar, acompañado por un grupo de científicos (biólogos, arqueólogos y paleontólogos) oriundos de San Nicolás y por la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), que actuó en calidad de amicus curiae, para lograr la anulación del CUA. Ahora, la Corte bonaerense lo dejó sin efecto e intimó a la Municipalidad a presentar información sobre el proceso que se siguió para convalidar y aprobar el Código, especialmente respecto de si las ordenanzas en cuestión “estuvieron precedidas de instancias de participación ciudadana”.

Además, el máximo tribunal de la Provincia emplazó al Ministerio de Ambiente bonaerense a informar sobre el estatus del parque Aguiar como reserva natural protegida. La decisión fue firmada por los magistrados Hilda Kogan, Sergio Torres, Luis Genoud y Daniel Soria.

“Un primer gran avance”

El Foro consideró que el fallo de la Corte, que implica suspender la aplicación del CUA, es “un primer gran avance” en la lucha por anular completamente la norma impulsada por Passaglia.

Según un comunicado del Fomea, el decisorio del alto tribunal “indica que la impugnación realizada por los vecinos de la ciudad tiene fundamentos serios, razonables y ajustados a la normativa vigente, demostrando en esta etapa inicial del proceso judicial que las autoridades del Ejecutivo municipal y los concejales que votaron favorablemente el Código impugnado tuvieron un comportamiento ilegal, dado que no cumplieron con las leyes que regulan el proceso de aprobación de este tipo de ordenanzas”.

En particular, “no cumplieron con la garantía de participación ciudadana mediante la celebración previa de audiencias públicas”, señaló la organización ambientalista.

Lo llamativo es que, en su presentación del Código, el municipio lo define como un avance en la “organización, estructuración e integración del territorio acordes a estrategias de urbanización y radicación de actividades en el mismo, como también vincularlas al reconocimiento e interacción consensuada de los distintos sectores”. Pero parece que no hubo tal consenso.