La Corte bonaerense modificó el secreto de sumario en las actuaciones disciplinarias
Lo hizo mediante una acordada, que lleva la firma de todos los miembros del máximo tribunal de la Provincia
La Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires modificó el artículo que regula los sumarios que afectarán a los agentes, funcionarios y magistrados del Poder Judicial y que no contempla el Código Procesal Penal. El mismo permitirá asegurar las condiciones para un adecuado derecho de defensa.
Por medio de la Acordada 3817, el máximo tribunal cambió la redacción del artículo 79 del Reglamento Disciplinario que disponía el secreto sumario como regla. La nueva norma establece que deberá ser por acto fundado ante el riesgo de incidir en el normal desarrollo del procedimiento sumarial.
"El instructor del sumario practicará las diligencias necesarias para la producción de la prueba de cargo. Hasta el llamado a prestar declaración por parte del sumariado, el titular de la Subsecretaría de Control Disciplinario podrá disponer por acto fundado la reserva de las actuaciones si su publicidad pudiere poner en riesgo el normal desarrollo de las investigaciones, formando un cuaderno de prueba reservada, o, de estimarlo necesario, la reserva de la totalidad de las actuaciones”, señala la resolución de los magistrados.
“Mientras dure la reserva no se admitirán debates ni defensas, a excepción de la solicitud de medidas de prueba”, sostiene el escrito. Agrega que la reserva “no podrá durar más de sesenta días, pudiendo ser prorrogada hasta la oportunidad prevista en el artículo 108, si la gravedad del hecho o la dificultad de la investigación así lo requirieren”.
Con esa modificación, según afirma la Corte bonaerense, permitirá asegurar las condiciones para un adecuado ejercicio del derecho de defensa. La acordada lleva la firma de Luis Genoud, Hilda kogan, Héctor Negri, Eduardo De Lazzari, Eduardo Pettigiani, Daniel Soria y Juan Carlos Hitters.
