La Justicia dio marcha atrás al procesamiento del “Caballo” Suárez por supuesto lavado de dinero
La Sala 1 de la Cámara Federal dio marcha atrás con los procesamientos, que en primera instancia, había impuesto el juez Rodolfo Canicoba Corral al ex dirigente gremial del Sindicato de Obreros Marítimos Unidos.
Tras más de tres años de prisión, la Justicia dio un nuevo paso en favor de la libertad sindical, torciendo el brazo de los interventores y las falsas denuncias que se generaron hacia los sindicatos y opositores durante la gestión de Cambiemos.
La Sala 1 de la Cámara Federal dio marcha atrás este martes los procesamientos que en primera instancia había impuesto el juez Rodolfo Canicoba Corral a Omar “Caballo” Suárez, exdirigente gremial del Sindicato de Obreros Marítimos Unidos.
La causa se originó por una denuncia de la exinterventora del sindicato, Gladys González, quien acusó a Suárez de haberse quedado con dinero del sindicato a través de empresas controladas por personas de su entorno. La defensa del sindicalista apeló el procesamiento argumentando que no existió intercambio de dinero en ninguno de los dos hechos. Y criticó que el juez haya tomando como prueba “una fotocopia de un documento desconocido por diferentes imputados”.
Cabe recordar que en diciembre del año pasado, el gremialista había sido liberado, tras permanecer primero preso en Ezeiza y luego con prisión domiciliaria, en el marco de la causa original por asociación ilícita.
El tribunal dio marcha atrás con los procesamientos que en primera instancia había impuesto el juez federal Rodolfo Canicoba Corral a Suárez, al sobrino, al extesorero del sindicato, y a los dueños y responsables legales de la empresa Maruba SA. Los jueces Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens impusieron la falta de mérito, que implica que no hay elementos para procesar a los acusados.
“A criterio de esta sala, la argumentación desarrollada por el magistrado de grado al respecto no alcanza para sostener, con el grado de probabilidad que es propio del estadio procesal que transita este legajo, que la suma de más de cuatro millones de pesos a la que se alude haya sido introducida en el mercado a través de la operación de compra venta de las acciones antes referenciada”, afirma la resolución.