Confirman prisión perpetua para Menéndez, pero no le quitan el grado militar

Se confirmó desde la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, la condena de cadena perpetua para el represor Benjamín Menéndez, responsable de torturas, secuestros y acusado por crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura cívico militar.

Sin embargo, por mayoría, resolvió no hacer lugar al pedido fiscal de "pérdida definitiva del grado y condición militar".

Según indicaron fuentes judiciales, el camarista Mariano Borinski estaba de acuerdo con el pedido del fiscal al sostener que "el imputado ha sido condenado a prisión perpetua por haber sido declarado penalmente responsable de la comisión de delitos de lesa humanidad durante el desempeño de sus funciones militares".

"Es decir, actuó en franca rebelión contra la Ley Suprema. Ergo, no puede seguir ostentando el grado de General de la Nación ni estado militar", añadió al tiempo que propició "remitir copia de la presente al Poder Ejecutivo Nacional a los efectos de que se aplique a Menéndez, la respectiva pérdida definitiva del grado, su baja de las Fuerzas Armadas y la imposibilidad de readquirir el estado militar".

Sin embargo, su colega Eduardo Riggi, en una postura con la que coincidió la camarista Liliana Catucci, no acompañó el pedido del fiscal "pues una resolución de esa naturaleza escapa a la competencia de esta alzada en la medida en que resulta resorte exclusivo del Poder Ejecutivo Nacional y sus órganos con competencia para ello".

En una resolución de 196 carillas, a la que Télam tuvo acceso, los jueces analizaron los delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar e investigados en la causa "Jefatura de Policía de Tucumán” y ratificaron las perpetuas del multicondenado Menéndez, ex comandante del Tercer Cuerpo de Ejército; y del general Roberto Heriberto Albornoz, entre otros condenados.

En el mismo fallo, los camaristas condenaron a prisión perpetua a Luis Armando De Cándido por el delito de asociación ilícita agravada, violación de domicilio "en concurso ideal con el delito de privación ilegítima de la libertad agravada" modificando "la calificación legal de torturas seguida de muerte por la de homicidio agravado por alevosía, por el concurso premeditado de dos o más personas y para lograr la impunidad".

También se aumentó la pena a Carlos Esteban De Cándido a quien se le habían impuesto tres años de prisión en suspenso, modificándola por la de cuatro años de "prisión de efectivo cumplimiento, e inhabilitación absoluta y accesorias legales por igual tiempo de la condena" por los delitos de "usurpación de inmueble y encubrimiento".