La Cámara rechazó excarcelar a Lucas Puig: su defensa irá a Casación
Los jueces de alzada ratificaron el fallo condenatorio y argumentaron el peligro de fuga del docente. Sus abogados pedirán la revisión de la sentencia.
La Sala II de la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal de La Plata rechazó el habeas corpus que habían presentado los abogados de Lucas Puig, el profesor de Música condenado a 35 años de prisión hace diez días al ser hallado culpable de “abuso sexual y corrupción agravada” de dos niños.
Los letrados Gastón Nicocia y Adrián Fernández Koenig argumentaron que su defendido estuvo en libertad hasta que el TOC n°1 ordenó su detención, tras emitir el veredicto y la sentencia. Por ello, dijeron que no se advierten peligros procesales que justifiquen la privación de la libertad del docente.
En este caso, los jueces Cecilia Sanucci, Hernán Decastelli y Ramiro Fernández Lorenzo “desarrollaron los motivos y fundamentos por los cuales consideró, a pedido del Ministerio Público Fiscal y de los particulares damnificados, que la cautelar (arresto) era el único medio que podría asegurar en definitiva los fines del proceso”, explicó la camarista Laura Lasaga.
“La detención, entonces, no resulta ni legal ni arbitraria ya que la misma fue dictada en el marco de un debate oral y por el órgano jurisdiccional competente para ello, ejerciendo la defensa el contralor de todos los actos, habiendo tenido un veredicto condenatorio en un juicio oral respetándose las garantías constitucionales”, agregó la magistrada, a cuyo voto adhirió su colega Sergio Almeida.
Los camaristas indicaron que “la detención dictada contra Puig encuentra fundamento, tal como ha sostenido el tribunal de juicio”. Asimismo, la alzada añadió: “Si bien la sentencia no ha adquirido firmeza, entiendo que su dictado implica una presunción de culpabilidad que compromete su situación en cuanto a la autoría que se le atribuye en el hecho, sin que por ello se altere la vigencia de la presunción de inocencia de la que goza el imputado”.
“Dictada la sentencia –cuando el fallo aún no se encuentra firme–, la medida de coerción tiene como finalidad garantizar la ejecución de la pena en los casos en que se advierta peligro de que se frustre su cumplimiento”, señalaron los jueces. Indicaron que “la elevada condena impuesta al acusado emerge como parámetro” del peligro procesal que implica que el docente pueda fugarse.
Recurso de Casación
Por su parte, los abogados de Puig recurrirán al Tribunal de Casación bonaerense para que revise el fallo condenatorio, a la vez que reiterarán que es inocente de los hechos por los cuales fue encontrado culpable.
El 30 de agosto último, el TOC n°1 le impuso 35 años de prisión a Puig y ordenó su detención. Según los magistrados, quedó acreditado que “al menos desde el 2009, luego de las vacaciones de invierno, y hasta por lo menos el 13 de marzo del 2010, en el jardín de infantes San Benjamín de 141 y 57, durante el turno mañana de la sala de 3 años y en la sala celeste, el profesor de música de los niños habría efectuado en el SUM y en el baño, por lo menos a E.V. y a B.J.F.”, reiterados abusos sexuales.