La Corte blindó la causa ante reclamos internacionales
El máximo tribunal no evaluó el expediente, solo rechazó el planteo de la defensa de la expresidenta y defendió la causa ante las acusaciones de inconsistencias.
El fallo que emitió la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) para dejar firme la condena a Cristina Kirchner solo se puede analizar en clave política, y escapa a cualquier sustento jurídico-técnico.
Por un lado, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rompieron la tradición del máximo tribunal de no involucrarse en cuestiones políticas en un año electoral. Cabe aclarar que la CSJN no tiene plazos para expedirse, por lo que pudo haber tratado el expediente un mes después que la Cámara de Casación ratificó la condena a la expresidenta, o dentro de tres años. Sin embargo, optó hacerlo pocos días después que la titular del PJ confirmó su candidatura para este año.
Por otro lado, los cortesanos no abrieron ningún recurso, es decir, no examinaron el expediente. Solo rechazaron el recurso de queja presentado por la defensa de la exmandataria.
A su vez, a lo largo de 27 páginas, argumentaron contra las acusaciones sobre severas inconsistencias durante el proceso judicial. De esta manera, sientan postura ante eventuales reclamos ante organismos internacionales. Según el periodista especializado en temas judiciales, Franco Mizrahi, este punto queda claro en el planteo de los jueces que todo lo actuado por las instancias inferiores fue legal y se basó en “profusa prueba”: “El debido proceso ha sido salvaguardado y la recurrente ha obtenido una sentencia fundada en ley”, dice el fallo.
En este sentido, los magistrados sostuvieron que los encuentros en secreto de dos camaristas de Casación que revisaron la condena, Mariano Borinsky y Gustavo Hornos, con Macri cuando era presidente no pueden generar sospechas de parcialidad porque no queda claro que en sus reuniones hayan tratado el caso en cuestión.
También sostuvieron algo similar sobre los cuestionamientos que hizo la defensa de Cristina contra el fiscal de juicio Diego Luciani, quien jugaba al fútbol en el mismo equipo que uno de los jueces, Rodrigo Giménez Uriburu, en la Quinta Los Abrojos de Macri. Al respecto, sostuvieron en el fallo que la defensa no indicó “ni una sola circunstancia concreta que permita inferir razonablemente que se ha comprometido la imparcialidad de los jueces en esta causa en concreto”. Este argumento busca “cuidar la imagen” de quienes intervinieron en este proceso, según Mizrahi.
Por otro lado, en pos de rechazar cualquier cuestionamiento a la condena, la Corte citó lo plantado en Casación y afirmó que lo largo de este proceso intervinieron funcionarios designados durante la presidencia de Cristina. “El argumento de que los nombramientos se hicieron durante el kirchnerismo es más que endeble: Ercolini, por citar un ejemplo, es evidente que se convirtió en uno de los jueces del lawfare”, contradijo el periodista especializado.
La defensa de Cristina Kirchner también sostuvo que hubo “cosa juzgada”, ya que la mayoría de las obras que se investigaron ya habían sido evaluadas por la justicia de Santa Cruz, la cual descartó su ilicitud, y nadie puede ser juzgado dos veces por un mismo hecho. Ante esto, la Corte tan solo dijo que este planteo fue rechazado por el triunal revisor (Casación).