¿Qué dice el decreto parlamentario que encomienda la presencialidad en el Senado?
Se ratifica la “validez de los trámites parlamentarios realizados” desde el 31 de agosto (fecha en que se inició la última prórroga de la virtualidad) y el día de la publicación del decreto.
Ayer se publicó el decreto parlamentario que encomienda que el Senado vuelva a llevar adelante las sesiones de manera presencial, tal como había sido anticipado la semana pasada.
El DP 10/21 encomienda la “realización de sesiones en carácter presencial” en el hemiciclo del Senado “teniendo estricta observancia de las condiciones de emergencia sanitaria vigentes hasta el cese de las mismas”.
Asimismo, se ratifica la “validez de los trámites parlamentarios realizados” desde el 31 de agosto (fecha en que se inició la última prórroga de la virtualidad) y el día de la publicación del decreto.
Además, se instruye a las secretarías Parlamentaria y Administrativa a “instrumentar las medidas necesarias para la reimplementación de los procesos parlamentarios en carácter presencial”. Esa decisión incluye la readecuación del salón de sesiones.
El decreto tendrá validez en la medida en que el pleno de la Cámara así lo resuelva en sesión ordinaria a la que convocó a través del DPP 47/21 para mañana a las 14, jornada en la que el Senado de la Nación volverá a realizar sesiones presenciales. Quienes participen deberán contar con dos dosis contra el coronavirus y tendrán que realizarse un testeo rápido de Covid-19.