Masacre de Monte: pidieron reclusión perpetua para dos de los expolicías condenados

El fiscal Mariano Sibuet solicitó esa pena en base a la calificación legal impuesta por el jurado popular a los imputados. La sentencia se conocerá el próximo 9 de junio.

La jueza Carolina Crispiani, del Tribunal Oral en lo Criminal n° 4 de La Plata, realizó la audiencia de cesura en la cual se trataron las agravantes y atenuantes a los cuatro policías imputados y la pena que se les aplicará luego de que doce personas los encontraran culpables por la muerte de cuatro jóvenes en San Miguel del Monte, en 2019.

En su alegato, el fiscal Mariano Sibuet solicitó reclusión perpetua para Rubén García y Leonardo Ecilape, y tuvo en cuenta como agravantes: la pluralidad de víctimas, la extensión del daño causado a los familiares de los chicos muertos, el impacto social en el ámbito de relación de los jóvenes fallecidos, además del intento de evadir el accionar de la justicia.

Respecto a Ibáñez y Monreal, Sibuet solicitó 20 años de reclusión. A estos, el fiscal les imputó las mismas agravantes que a los dos primeros, a los cuales se sumó que Ibáñez se presentó en la casa de uno de los testigos para que cambie su declaración. La sentencia se conocerá el 9 de junio a las 12.

A mediados de mayo de este año, un jurado popular condenó a los policías Rubén García, Leonardo Ecilape, Manuel Monreal y Mariano Ibáñez, acusados de la masacre del 20 de mayo de 2019 en la que murieron Aníbal Suárez, Danilo Sansone, Gonzalo Domínguez y Camila López.

Por su parte, Rocío Quagliarello, la única sobreviviente, sufrió heridas muy graves y permaneció internada en terapia intensiva por varias semanas. La joven declaró en el juicio mediante cámara Gesell, ya que era menor de edad cuando ocurrieron los hechos.

Culpables

Por unanimidad, García y Ecilape fueron declarados culpables por el delito de ­homicidio agravado por el abuso de su ­función policial y el empleo de arma de fuego y por tentativa de homicidio. Además, por el voto de la mayoría, el jurado declaró ­culpables a Monreal e Ibáñez por el delito de tentativa de homicidio agravado de los cinco jóvenes.

El jurado llegó a la conclusión de que García, Ecilape, Monreal e Ibáñez abusaron de sus funciones como policías, al iniciar el seguimiento al Fiat 147 en el que viajaban los chicos sin que existiera ningún motivo de sospecha que los habilitara a eso ni a dispararles con sus armas de fuego.

Después de iniciar el seguimiento, los acusados encerraron a las víctimas en una calle angosta del pueblo y les dispararon por lo menos seis veces. Una de esas balas alcanzó a Gonzalo Domínguez, y se determinó que ese disparo lo efectuó Monreal. García y Ecilape los persiguieron a alta velocidad y efectuaron disparos en dirección a las víctimas durante varias cuadras, hasta que el Fiat 147 impactó contra un camión que se encontraba estacionado en la colectora.

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