Ordenan que una mujer le devuelva dinero a la Anses por cometer fraude al Estado

De esta manera lo resolvió la Justicia Federal de La Plata. La defensa de la acusada había solicitado una probation, la cual fue convalidada por el juez.

El juez Enrique Méndez Signori, integrante del Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 2 de La Plata, hizo lugar al pedido de la defensa de la imputada CBS para una suspensión de juicio a prueba (probation), al ser encontrada culpable del delito de fraude a la administración pública mediante cobros ilegales a la Anses.

Para reparar el daño ocasionado al Estado, en representación de la acusada, la abogada Ana María Gil ofreció la suma de 10.000 pesos en cuotas durante el término de cumplimento de la probation, el cual solicitó que fuera de un año.

Según explicó la defensa de la acusada, ésta trabaja 12 horas cuidando una señora mayor, gana 140 mil pesos, se incorporó al mercado laboral por una cuestión de violencia, lo que implicó que hasta el día de hoy esté con tratamiento psiquiátrico. Además, la letrada ofreció la realización de tareas comunitarias en la Parroquia San Pío.

En su argumento, la defensa de CBS también indicó que la misma padece un cuadro depresivo desde hace muchos años, por lo cual toma medicación. La mujer sigue un tratamiento indicado un psiquiatra, pero no tiene ayuda psicológica por problemas con la obra social. Sin embargo, vive con su hija de 24 años, quien trabaja de moza.

Tareas comunitarias

Con relación a las tareas sociales, la mujer dijo que las podría hacer en la Iglesia San Pío que está a tres o cuatro cuadras de su casa. La abogada Gil refirió que son tareas comunitarias a favor de la mencionada institución católica y que la reparación del daño causado es para las presuntas víctimas.

Por su parte, la fiscal María Laura Ustarroz refirió que la reparación al delito ocasionado debe ser notificada a la Anses, y que se debe hacer lugar al pedido realizado por la defensa de la imputada con referencia a los ofrecimientos para lograr la probation.

En este marco, el juez Méndez Signori sostuvo que “teniendo en cuenta la opinión favorable del Ministerio Público Fiscal, en este caso se cumplen los requisitos objetivos y subjetivos para conceder la suspensión de juicio a prueba, en razón del delito que se le endilga que tiene una pena, que en caso de recaer condena pueda ser dejada en suspenso, la falta de antecedentes penales (de la imputada) por lo que considera que es procedente suspender el proceso a prueba por el término de un año”.

Por ello, el magistrado ordenó que la acusada pague un monto mensual que debe ser fijado por la Anses, durante un año, para reparar el daño ocasionado y realizar tareas comunitarias 8 horas por mes.

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