Ordenaron liberar a una mujer policía condenada por explotar a personas vulnerables

Así lo resolvió la justicia federal de La Plata. Claudia Ferrando recibió ocho años de prisión a mediados de abril de este año.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal número 1 de La Plata ordenó liberar a Claudia Yamila Ferrando, una mujer policía que hace unos días había sido condenada a ocho años de prisión por ser coautora del delito de explotación sexual agravado por el abuso de la situación de vulnerabilidad de las víctimas, informaron fuentes judiciales consultadas por este multimedio.

La imputada fue detenida el 19 de mayo de 2017 y el 20 de abril de 2023 se dictó veredicto condenatorio, más inhabilitación especial para ejercer un cargo público por el plazo de 10 años y la obligación de realizar un curso sobre capacitación y sensibilización en género y violencia.

Previo a resolver, el tribunal les comunicó a las víctimas el pedido de excarcelación de la acusada. Una de ellas contó que su “único miedo era Sebastián Pérez, de parte de quien temía represalias ya que sufrió amenazas de parte del hermano del mencionado”, debido a que al encontrarlo en la calle éste le dijo: “No te voy a hacer nada, igual mi hermano ya va a salir”.

Distancia de 500 metros

Luego, la mujer manifestó que, semanas después de un allanamiento, “hubo un tiroteo. Fue después de que declararon, eran uruguayas, se tiraron bajo un auto y por eso no fueron heridas”. La víctima también relató que últimamente se siente vigilada por un patrullero que se detiene en las cercanías de su zona de trabajo y que “si esta gente va a salir de la cárcel tengo miedo que sean sus amigos”, por lo cual se negó a la excarcelación de la mujer policía y de los demás imputados.

Según los jueces, “el 19 de septiembre de 2022 la acusada cumplió detenida más de las dos terceras partes de la pena impuesta bajo el régimen de arresto domiciliario. Por su parte, del informe del Registro Nacional de Reincidencia surge que Ferrando no posee antecedentes penales”.

En la orden de excarcelación, el tribunal le impuso a la imputada la obligación de “mantener una distancia no menor a 500 metros de las víctimas, (y que) no establezca contacto con ninguna de ellas bajo ningún concepto ni por ningún medio, ni a través de terceras personas”.

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