La Corte Suprema tendrá que atender la demanda del Gobierno contra Jujuy
Así lo determinó el procurador interino, Eduardo Casal, en el marco de la demana que presentó el Estado sobre la reforma de la Constitución en la provincia que gobierna Morales.
En el marco del gran conflicto existente en Jujuy, que se generó a raíz de la reforma constitucional y que derivó en manifestaciones y violenta represión policial, el procurador interino, Eduardo Casal, dictaminó este domingo que la Corte Suprema de Justicia deberá intervenir en la demanda que el Estado Nacional presentó contra el Ejecutivo de Morales.
“Opino que el proceso debe tramitar ante los estrados del Tribunal”, concluyó Casal tras un análisis de los planteos. Al mismo tiempo, el Procurador sostuvo que, “en atención a la naturaleza de las partes que han de intervenir en el pleito, la causa corresponde a la competencia originaria de la Corte”.
“En efecto, toda vez que el Estado Nacional —que tiene derecho al fuero federal, según lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley Fundamental—, demanda a la provincia de Jujuy —a quien le corresponde la competencia originaria de la Corte, de conformidad con el artículo 117 de la Constitución Nacional— entiendo que la única forma de conciliar ambas prerrogativas jurisdiccionales es sustanciar la demanda en esa instancia”, expresó.
Vale mencionar que en la demanda se sostiene que los artículos incorporados por la Convención Constituyente provincial son “violatorios de los derechos y garantías consagrados en los artículos 1, 5, 14, 14 bis, 19, 31, 33, 75 inc. 17 y 22 y 123 de la Constitución Nacional y los tratados internacionales suscriptos por Argentina”.
En ese aspecto, el Estado Nacional reclama declarar la “inconstitucionalidad e inconvencionalidad” de los artículos 67, inciso 4, 94 y 95 de la Constitución de la provincia de Jujuy “por subvertir el orden institucional y los derechos y garantías consagrados” en la Constitución Nacional.