La Provincia elevó las multas del código de consumidores

Una nueva ley incorpora a las personas hipervulnerables.

El gobierno bonaerense promulgó la ley 15.410, que incorpora la figura de “consumidores hipervulnerables”, además de actualizar y elevar las multas del código de consumidores bonaerenses hasta 300 millones de pesos.

La sanción se efectuará ante aquellas empresas que no cumplan con dicho código, según informó el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica bonaerense que dirige Augusto Costa.

El proyecto fue impulsado por la cartera productiva y la senadora provincial Gabriela Demaría. Según el texto, la actualización de los montos por sanción de multas se mide por una escala móvil que va de 0,5 a 5.000 salarios mínimos, vitales y móviles. A su vez, prevé la posibilidad de duplicarlos cuando involucra particularmente a los consumidores hipervulnerables.

Esta figura representa a aquellas personas que se encuentren en otras situaciones de vulnerabilidad en razón de su edad, género, estado físico o mental, o por circunstancias sociales, económicas, étnicas o culturales, que provoquen especiales dificultades para ejercer con plenitud sus derechos como consumidores.

De esta manera, Buenos Aires se convirtió en la primera provincia del país en contemplar por ley los derechos de los consumidores o colectivos hipervulnerables.

Con respecto a los montos, de acuerdo al Salario Mínimo, Vital y Móvil establecido para el mes de enero de 2023, el valor máximo por infracción a la ley provincial de defensa de las y los consumidores es de $327.135.000. Antes de esta nueva ley el monto máximo era de $500.000.

A su vez, la norma también establece como sanción el decomiso de las mercaderías y productos objeto de la infracción; la clausura del establecimiento o suspensión del servicio afectado por un plazo de hasta 60 días, excepto en los casos que se trate de servicios públicos sujetos a la competencia de entes reguladores u otros organismos de control; suspensión de hasta cinco años en los registros de proveedores que posibilitan contratar con el Estado; ­pérdida de concesiones, permiso, habilitación, licencia, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales pertenecientes a la empresa.

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