El proyecto del Ejecutivo para erradicar la adopción ilegal
Se trata de la iniciativa enviada por el Gobierno nacional, que todavía no tiene fecha de tratamiento en el Senado y prevé incorporar tres figuras penales que sancionan la compra y venta de menores.
El Presidente Alberto Fernández, junto a representantes de derechos humanos y especialistas, envió el proyecto para incorporar al Código Penal los delitos de compra-venta de menores y la adopción, y el Senado ya se encuentra estudiando la iniciativa para poder tratarla en la Comisión de Justicia y Asuntos Penales que preside el senador del Frente de Todos, Oscar Parrilli.
El proyecto presentado condena la figura de “intermediario” y sanciona fuertemente a quienes sean partícipes de esa práctica ilegal.
La iniciativa modifica el artículo 139 bis del Código Penal para, a partir de su sanción, reprimir con “reclusión o prisión de 3 a 10 años al que facilitare, promoviere o, de cualquier modo, intermediare en la perpetración de los delitos comprendidos en los artículos 138 y 139”, que refieren a la supresión de la identidad de un menor, “haya mediado o no precio o promesa remuneratoria o ejercido amenaza o abuso de autoridad”. Por otro lado, se duplicarían esas penas si el condenado fuera un funcionario público o un profesional de la salud.
También incorpora al Código Penal el artículo 139 ter, para reprimir con “prisión de 5 a 15 años al que entregare o recibiere a una persona menor de edad cuando haya mediado en la transferencia precio, promesa remuneratoria o cualquier otro tipo de retribución”.
Además, establece que “incurrirán en la misma pena quienes ilegítimamente facilitaren, promovieren, o de cualquier modo intermediaren en las conductas previstas aun cuando no haya mediado precio, promesa remuneratoria o cualquier otro tipo de retribución”.
“Sufrirá además inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena el funcionario o empleado público, profesional o personal de la salud, abogado, encargado de la educación o de la guarda de la persona menor de edad, o miembro de organizaciones especializadas en adopción que, en el ejercicio de su actividad, cometiere o participare de cualquier modo en alguna de las conductas descriptas”, reza el texto del proyecto de Ley.
Por otro lado, “quedarán exentos de pena los progenitores que proporcionen material biológico u otra información útil para el esclarecimiento de la identidad de la víctima”.
El Ejecutivo informó que el proyecto es el resultado del trabajo conjunto realizado en el marco de la mesa de trabajo constituida a mediados de 2021 por la Secretaría de DD.HH. del Ministerio de Justicia y el Observatorio de DD.HH. del Senado, participando en la elaboración del anteproyecto de ley Leonardo Fornerón; las comisiones de legislación penal de ambas Cámaras del Congreso, presididas por el senador Oscar Parrilli y la diputada Carolina Gaillard; el Comité Consultivo del Registro de Adoptantes; Unicef; Abuelas de Plaza de Mayo; el Ministerio Público; la Defensora de los niños, niñas y adolescentes; y la Sennaf.
La aprobación del proyecto sumaría a la Argentina a la lista de países que tipifican expresamente la adopción ilegal como Brasil, Paraguay, Chile, Colombia, El Salvador, Cuba, Nicaragua, Panamá, Uruguay, Bolivia, Puerto Rico, Venezuela, Ecuador, Honduras, República Dominicana, Guatemala, Costa Rica, Alemania, Francia, España, Ucrania y Portugal, consignaron desde el Gobierno nacional.