Le negaron la prisión domiciliaria a Mercerat, acusado por explotación sexual
El juez sostuvo que el imputado se aprovechaba de la condición de vulnerabilidad de las víctimas. El empresario inmobiliario fue detenido a principios de octubre de 2020.
El juez de garantías de turno en La Plata, Agustín Crispo, le negó la prisión domiciliaria a Fernando Mercerat, el empresario inmobiliario acusado de haber utilizado las propiedades de sus clientes para explotar y prostituir a personas mayores. La medida había sido solicitada por los abogados Alfredo Gascón y Miguel Molina, quienes representan al acusado.
Los defensores del empresario habían argumentado que su asistido llevaba detenido aproximadamente tres meses y que carecía de antecedentes penales. Además, alegaron que tenía un núcleo familiar contenedor y que no poseía intenciones de entorpecer la investigación. Por ello, el juez Pablo Raele ordenó realizarle una pericia psicológica al imputado, además de disponer otra ambiental.
Luego, el magistrado le solicitó a la fiscal Cecilia Corfield un dictamen sobre el caso. La misma sostuvo su negativa, en base a la pericia de una psicóloga, y enfatizó que “el desprecio y la indiferencia hacia los demás, evidenciados por Mercerat a la hora del manejo del negocio de la prostitución, dan cabal muestra de la peligrosidad del sujeto en cuestión y de la real posibilidad de que, aun encontrándose bajo arresto domiciliario, pueda continuar manipulando y sometiendo a sus designios a personas con un alto nivel de vulnerabilidad, sea por su pasar económico, por su corta edad y falta de recursos internos, o por el ocultamiento a su núcleo familiar de la actividad laboral que despliegan”.
Manipulación
Por su parte, el juez también tomó en cuenta los análisis realizados por la experta en psicología, quien determinó que el empresario “orienta su relato hacia cuestiones que él desea exponer hacia la entrevistadora, con sesgos de manipulación”.
Ello queda evidenciado –a criterio de Crispo– por la cantidad de mensajes a Claudio Bardella, otro de los acusados, a quien Mercerat daba órdenes para que realizara distintos trabajos.
“Los hechos instruidos se corresponden con actos altamente dañosos para las víctimas, por el carácter degradante de los mismos y el especial aprovechamiento de aquel contexto de vulnerabilidad, en base a necesidades económicas y/o manutención de los hijos menores de edad, todo lo cual resulta un menosprecio a la dignidad humana de las víctimas. Esto revela un accionar totalmente desvergonzado y desajustado a la ley, que se traduce, a mi entender, en peligros procesales concretos”, sostuvo Crispo para negarle el beneficio al implicado.