La Justicia falló en contra de Río Negro por tierras del Parque Nahuel Huapi

La Corte Suprema afirmó que las tierras mencionadas en las leyes provinciales forman parte del Parque Nacional Nahuel Huapi y no pueden ser administradas por la provincia.

La Corte Suprema de Justicia falló en contra de la provincia de Río Negro, declarando inconstitucionales dos leyes provinciales que anexaban tierras del Parque Nacional Nahuel Huapi a la Municipalidad de San Carlos de Bariloche.

La demanda, iniciada en 2012 por la Administración de Parques Nacionales (APN), cuestionaba las leyes 3978 y 4559 que disponían la anexión de unas 2.484,14 hectáreas de la Reserva Nacional Nahuel Huapi, Zona Gutiérrez, otras 29.850 hectáreas de la Reserva Nacional Nahuel Huapi, en Zona Centro, y unas 81.690 hectáreas del Parque Nacional Nahuel Huapi.

La APN argumentó que estas tierras son “bienes del dominio público nacional”, regidos por la Ley 22.351, y no pueden ser administrados o dispuestos por la provincia. Según la APN, las tierras pertenecen a la Nación desde antes de la creación de Río Negro, por lo que la provincia “no tiene jurisdicción sobre ellas”.

Río Negro, en su defensa, afirmó actuar dentro de sus derechos provinciales y sostuvo que las tierras, salvo las ocupadas por el Estado Nacional, “son de dominio privado provincial”. Asimismo, la provincia invocó su autonomía según la Constitución Nacional y defendió la legitimidad de las leyes impugnadas.

La Procuración General de la Nación respaldó a la APN, destacando que la Ley 22.351 establece que las tierras fiscales en parques y reservas nacionales “son del dominio público nacional hasta que no sean desafectadas”. La Corte Suprema respaldó esta interpretación, afirmando que las tierras mencionadas en las leyes provinciales forman parte del Parque Nacional Nahuel Huapi y no pueden ser administradas por la provincia.

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