Violencia sin freno

Por el Dr. Miguel Maldonado (Médico Psiquiatra y Legista)

Por el Dr. Miguel Maldonado (Médico Psiquiatra y Legista)

El martes, un joven domiciliado en la región atacó a cuchilladas a integrantes de una escuela de danzas, lo que determinó la intervención policial. Esta paró a balazos al agresor cuando ya no sirvieron las palabras ni las advertencias que prudentemente utilizaron. Hoy, internado en un Instituto Neuropsiquiátrico, se diagnosticó como “brote psicótico” el episodio en donde enfrentó a la Policía, y casi asesina al “objeto de sus amores”. Nada más cierto en un caso así que el dicho “hay amores que matan”.

“Otro loquito más”, se escuchó en los corrillos platenses, en referencia al protagonista. Naturalmente, quienes así hablaron no estaban muy alejados de la realidad.

​Y mucho de lo dicho es así en virtud de la vigencia actual de la Ley 26.657 de Derecho a la Protección de la Salud Mental (2010), que, si bien ha sido redactada con la mejor intención para “asegurar el derecho a la protección de la salud mental de todas las personas, y el pleno goce de los derechos humanos de aquellos con padecimiento mental que se encuentran en el territorio nacional”, en la práctica se demuestra que es impotente para dar solución integral a los problemas de quienes padecen enfermedades mentales.

Además, algunas de estas enfermedades conllevan un severo riesgo para quienes deban enfrentarse con cuadros agresivos en esos enfermos mentales “no diagnosticados” y, obviamente, no tratados adecuada y médicamente por medio de modernos psicofármacos.

​No cabe duda que quien asesinó en Tucumán a la profesora de Inglés, Paola Tacacho, padecía alteraciones mentales. La acosó durante cinco años y fue denunciado 14 veces por acoso, aunque nunca fue examinado psíquicamente, y si lo hicieron, no prestaron importancia a sus signos. Después de matarla, se suicidó.

En el crimen del Policía de la Federal Juan Roldán también intervino un individuo que presentaba alteraciones mentales y, con un cuchillo de gran porte, lo apuñaló hasta la muerte, ante la extremada prudencia del efectivo, que no quiso disparar su arma en un lugar público, con gente alrededor.

​En síntesis, la Ley 26.657 debe ser profundamente revisada y modificada. Hay enfermos mentales que deberían ser internados para administrarles tratamiento adecuado, y cuando se los externa deben ser controlados exhaustiva y periódicamente. ​Así se conseguiría bajar su agresividad y reintegrarlos a la sociedad.

De lo contrario, seguirán las muertes absurdas a manos de enfermos mentales que son (o se tornan) muy agresivos, siendo entonces imposible poder moderar sus conductas e insertarlos en el medio social en que viven, con el solo discurso voluntarioso de comedidos, involucrados o efectivos de seguridad extremadamente prudentes, aunque desprovistos de elementos que podrían “frenar” lo que vulgarmente denominan “un loco furioso”. Que así sea.

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