La palabra de Alejandro Belfer

Final judicial para las autoridades apócrifas del SOEME

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la intervención en el SOEME y rechazó un pedido de nulidad de las autoridades ilegítimas. Además, libró un oficio al Banco Central para que el nuevo interventor, Julio César Simón, sea quien maneje las cuentas del sindicato.

La Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió convalidar la nueva intervención del gremio SOEME.

De esta forma, rechazó el planteo de revocatoria y de nulidad interpuesto por Adrián De Marco y ratificó la suspensión en el ejercicio de sus funciones a la totalidad de las autoridades electas en las elecciones dispuestas por el juez federal platense Ernesto Kreplak, en agosto de 2019, cuando excediendo su jurisdicción, el magistrado realizó un verdadero atropello a la libertad e independencia sindical.

De Marco se había presentado en el expediente y planteado la marcha atrás de esa resolución de intervención a través de un recurso de revocatoria y de nulidad.

En un pasaje de la resolución, los jueces González y Pesino entendieron que las autoridades puestas en funciones lo hicieron a partir de un proceso electoral llevado a cabo aun cuando existía una medida cautelar que ordenaba la suspensión del mismo, y se ven incluso confirmados a partir de la decisión de la autoridad administrativa, según surge de las constancias de autos.

“La falta de reconocimiento de las autoridades actuales del SOEME no resulta un hecho menor, dado que tampoco podrían cumplir con las funciones y atribuciones establecidas por el estatuto de la entidad para el órgano de dirección y administración”, argumentaron los jueces.

“A fin de evitar grandes daños a la entidad sindical, a sus afiliados y a los peticionantes, corresponde la intervención de la entidad en forma cautelar”, explicó la Justicia laboral.

El diario Hoy dialogó con el abogado Alejandro Belfer, quien detalló: “No dieron ningún tipo de lugar a lo planteado por De Marco, dando plena validez a la medida cautelar dispuesta por la Sala, quedando firme la intervención. Y en una resolución aparte, resolvió que la única persona que está facultada para administrar las cuentas del sindicato es el interventor”.

“También le hizo saber al Banco Central que no hay más firma que la de Simón. Además, el Ministerio de Trabajo también prestó conformidad a lo planteado por nosotros, oponiéndose a la nulidad de De Marco”, detalló el letrado.

“Lo más importante acá es que, más allá de lo que se plantee, fuera lo que fuera, la medida de intervención tiene que ejecutarse y las viejas autoridades no pueden disponer de ningún tipo de fondo bancario”, puntualizó
Belfer.

Además, destacó lo realizado por el organismo judicial en este caso: “La Cámara coincidió en que todo tipo de recurso tiene efecto devolutivo, o sea, no suspende la medida”. “Lo que planteó De Marco era absurdo, procesalmente improcedente, estaba todo mal hecho”, añadió.

Por su parte, dando los detalles jurídicos de la cuestión, el abogado aseguró: “Él planteó una nulidad en una sentencia de la Cámara, y la nulidad no es recurso directo para que una resolución judicial sea nula; tiene que ser carente de sentido, arbitraria, contraria a derecho”.

“Justamente es todo al revés. Si vos ves la última parte de la resolución de la Cámara, lejos de avasallar la tutela o el derecho sindical, lo que hace esta resolución es asegurar la plena vigencia del sindicato”, finalizó Alejandro Belfer.

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