La Justicia ordenó la aplicación de la Ley de Emergencia en Discapacidad

El fallo de la Justicia Federal dispuso la vigencia inmediata de la norma y anuló el artículo del decreto que exigía detallar su financiamiento.

La Justicia ordenó al Gobierno nacional aplicar de manera inmediata la Ley de Emergencia en Discapacidad. La decisión fue adoptada por el juez federal de Campana, Adrián González Charvay, quien hizo lugar a un amparo colectivo y suspendió el artículo del decreto presidencial que obligaba al Congreso a precisar las fuentes de financiamiento para su implementación. El magistrado sostuvo que esa exigencia desconoce obligaciones constitucionales y tratados internacionales en materia de derechos humanos.

El fallo afirma que el artículo 2 del Decreto 681 de 2025 es inválido porque contradice el artículo 75 inciso 23 de la Constitución y vulnera compromisos asumidos en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y en la Convención Americana. También señala que la suspensión de la ley excede las facultades del Poder Ejecutivo y afecta el mandato de promulgación previsto en el artículo 83, lo que altera el equilibrio entre poderes y genera un antecedente institucional relevante.

La resolución sostiene que una ley aprobada por insistencia del Congreso no admite condiciones ni demoras y que suspenderla equivaldría a un veto encubierto. Con ese criterio, el juez ordenó aplicar de inmediato la Ley 27.793, anuló el artículo cuestionado, extendió los efectos a personas con discapacidad y prestadores y bloqueó cualquier retroceso en derechos ya vigentes.

El fallo expone los límites del Ejecutivo para condicionar leyes ya vigentes y marca un freno a su intento de subordinar decisiones al criterio presupuestario.

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