IOMA deberá dar asistencia personalizada a los afiliados con discapacidad

Así lo resolvieron camaristas platenses al entender que los servicios de la obra social son insuficientes. Hicieron hincapié en corregir discriminaciones e igualar derechos.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo de La Plata ratificó la decisión de primera instancia, que había ordenado al Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA) reconocer la figura del “asistente personal” para personas con discapacidad, y difundió esa decisión a través de un informe de fácil lectura para la mejor comprensión del mandato judicial para sus principales destinatarios.

En representación de la “Asociación Azul por la Vida Independiente de las Personas con Discapacidad”, el abogado José Martocci solicitó un de reconocimiento de derechos contra la obra social, para que ese organismo cree la prestación de “asistente personal” para el colectivo de personas con discapacidad, representados por la entidad, en consonancia con los estándares internacionales en la materia.

La titular del Juzgado Contencioso Administrativo de La Plata n°4, María Ventura Martínez, admitió la demanda de la asociación, pero esa resolución fue apelada por la fiscalía de Estado de la provincia de Buenos Aires. Los jueces Gustavo Spacarotel y Claudia Milanta, integrantes de la Cámara de Apelaciones, analizaron el caso y ratificaron el fallo de la magistrada de primera instancia.

“La administración no solo debe contar con habilitaciones expresas para actuar, sin vulnerar la legalidad objetiva, sino que también debe concretar positivamente el accionar frente a la realización efectiva del bien común”, señalaron los camaristas en el fallo. Los mismos citaron el artículo 75 inciso 23 de la Constitución Nacional, el cual “manda legislar y promover medidas de acción positiva, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad”.

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